La inscripción REA es un trámite que tarde o temprano se debe hacer si somos una empresa que trabaja en el sector de la construcción, ya que por ley estamos obligados a estar inscritos, aunque hay una serie de matices como ya comentamos en nuestro artículo sobre el REA. Cuando una empresa tiene claro que para poder desarrollar su trabajo en obras de construcción debe llevar a cabo su inscripción REA, le surgen tres preguntas: ¿cuándo se debe hacer? ¿qué se necesita? ¿cómo se hace?
¿Cuándo se debe hacer la inscripción REA?
La inscripción en el REA debe ser previa al inicio de nuestros trabajos en una obra de construcción, así que, si aún no tienes el Registro de Empresas Acreditadas y sabes que lo vas a necesitar en un futuro no muy lejano, no te demores en prepararlo todo para poder hacer la solicitud.
¿Qué se necesita para hacer la solicitud REA?
Para responder a esta pregunta, lo mejor es acudir a la Ley 32/2006, que regula la subcontratación en el sector de la construcción. Dicha Ley, como ya explicábamos en nuestra entrada sobre la obligatoriedad de la inscripción, establece los requisitos que deben cumplir las empresas contratistas y subcontratistas para inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas, que son tres:
- Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada.
- Asumir los riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo de la actividad empresarial.
- Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra y, en el caso de los trabajadores autónomos, ejecutar el trabajo con autonomía y responsabilidad propia y fuera del ámbito de organización y dirección de la empresa que le haya contratado.
Si nuestra empresa cumple legalmente con los tres puntos anteriores, será más o menos fácil obtener la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). La demostración del cumplimiento deberemos hacerla mediante la documentación que nos van a solicitar en el trámite de inscripción.
¿Cómo se hace la solicitud REA?
El trámite de la solicitud se realiza online a través de cada Comunidad Autónoma, aunque tendrá validez para todo el territorio nacional. En dicho trámite, vamos a tener que justificar y certificar que cumplimos con los tres puntos anteriores.
Hay que tener en cuenta que la misma Ley ya nos dice que las empresas deberán acreditar que disponen de recursos humanos, en su nivel directivo y productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, así como de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Esto ya nos da pistas de lo que vamos a necesitar para hacerlo.
Rellenar el documento REA
En el trámite deberemos rellenar un documento con todos los datos de nuestra organización, incluyendo los medios con los que contamos (esto incluye los recursos humanos, las instalaciones, les herramientas, vehículos, etc…). No es complicado, pero hay que tener todos los datos a mano porque estamos certificando que lo que decimos es cierto.
Del mismo modo, vamos a tener que adjuntar dos certificados, uno sobre nuestra organización preventiva y otro sobre la formación en PRL (Prevención de Riesgos Laborales) de nuestro personal. Suele haber dos modelos estandarizados para dichos certificados.
Certificados digitales
Lo mejor para realizar cualquier trámite de este tipo es disponer de un certificado digital. Si no disponemos del mismo, recomendamos solicitarlo, el procedimiento no es complicado y nos va a servir para muchas otras cosas (trámites con Seguridad Social, Hacienda, Ayuntamientos, etc…). Nosotros utilizamos habitualmente un certificado de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), que tiene amplia validez y un precio asequible, pero también existen otros emitidos por otras entidades que nos pueden servir.
Certificado de Organización preventiva
Si nuestra organización preventiva está basada en la contratación de un Servicio de Prevención Ajeno (SPA), lo más habitual en empresas dedicadas a la construcción por razones que explicaremos en otro artículo, debemos solicitar a ellos la emisión de dichos certificados. Este certificado acredita nuestra organización preventiva, contemplando las especialidades que tenemos contratadas, que son cuatro:
- seguridad
- higiene
- ergonomía
- psicosociología y medicina del trabajo
Certificado sobre formación PRL
Este certificado acredita que el personal de nuestra empresa que va a trabajar en obras de construcción (hay empresas que trabajan en construcción pero es posible que tengan parte de su personal que no pise nunca una obra) cuenta con la formación exigible. La formación depende de cada Convenio Colectivo, y no es la misma la de alguien del sector de la Construcción que alguien del sector del Metal o del sector de la Madera, por ejemplo.
No hay que olvidar la formación de nuestro personal directivo, que también está establecida y debe ser también acreditada y certificada.
Una vez cumplimentado el formulario y adjuntados los certificados, deberemos firmar digitalmente la solicitud y enviarla.
Pago de tasas
Cuando esté enviada la solicitud, en pocas horas o días, recibiremos la solicitud del pago de las tasas correspondientes. Habitualmente se puede realizar el pago mediante tarjeta de crédito o bien a través de la banca online, aunque también se puede obtener una carta de pago para hacerlo presencialmente en el banco.
Esperar el certificado REA
Si todo es correcto, en unos días más deberíamos recibir la comunicación de nuestra inscripción REA en el registro, junto con un certificado que acredita dicha inscripción. Este certificado REA también lo podremos obtener online cada vez que queramos.
Si existe algún problema, recibiremos habitualmente una comunicación en forma de requerimiento en la que nos solicitan aclaración de algún punto que quizá requiera aportar nueva documentación o bien sea suficiente con contestar con la explicación. La forma de respuesta es muy similar a la de la inscripción, utilizando un formulario de respuesta al requerimiento que también nos permitirá aportar los anexos necesarios. De nuevo, deberemos cumplimentarlo con los datos que nos soliciten y firmarlo digitalmente para enviarlo. Si rechazan nuestra inscripción nos darán las explicaciones pertinentes, aunque no suele ser habitual.
Si tienes dudas o ves complicado la realización del trámite contacta con nosotros y te ayudaremos.
Si lo que tienes son dudas sobre si debes o no inscribirte, lee nuestro artículo en el que tratamos de aclarar si el Registro de Empresas Acreditadas (REA) es obligatorio.